Los abuelos también tienen derechos
Hace unos días nos llegó un emotivo correo de una abuela, una abuela que no podía ejercer de tal porque sus hijos no la permiten ver a su nieta, así que se limitaba a pensar en ella o escucharla llorar impotente, sin poder acercarse a abrazarla, ni hablarla tan siquiera. Nos preguntamos cómo es posible esto, pero por desgracia no es un caso aislado.
Pese que los abuelos son piezas fundamentales en la integración de la vida en familia porque intentan mantener, sostener y fortalecer la unidad familiar entre todos los integrantes, y además, en muchos casos, recae sobre ellos la ardua tarea de cuidar a sus nietos (con dedicación y ternura) mientras sus padres trabajan, son privados, en algún caso, de los lazos afectivos que merecen tener con sus nietos.
Aunque esta situación no es frecuente, existen numerosos motivos que pueden generar esta trágica y dolorosa situación, una de ellas y la más frecuente puede producirse en procesos de divorcio, separación o nulidad de la unión de los padres. Los abuelos en estos casos, no tienen porqué resignarse, tienen derecho a reclamar ante los Tribunales el derecho a visitas y comunicación con sus nietos, pese a la negativa de los padres.
El artículo 160 del vigente código civil español reconoce expresamente que 'no podrán impedirse sin causa justa las relaciones personales del hijo con sus abuelos y otros pariente y allegados'. Las relaciones personales, sin duda, pueden ser complicadas o indeseables, pero debemos evitar a toda costa emplear a los niños como moneda de cambio o arma para dañar a otros que también les quieren y podrán enriquecer su existencia. Muchas veces, hay que buscar la armonía en situaciones difíciles y mantenerse firmes en el sentido común para que nuestro hijo no sufra por nuestras decisiones erróneas. Al fin y al cabo, son nuestros hijos y les amamos por ello, pero en ningún caso nos pertenecen, aunque poseamos por derecho su guardia y custodia.
Patro Gabaldón
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